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Noticias Publicado el septiembre 14, 2026 por Redacción Baní News 🌐 Fuente: El Nuevo Diario

El conflicto estructural de la migración haitiana y la mediación de las ONG frente al Gobierno dominicano

La migración haitiana hacia la República Dominicana constituye uno de los fenómenos sociales, políticos y humanitarios más complejos de la isla de La Española. Sus causas son estructurales: pobreza, desempleo, inseguridad alimentaria, violencia de grupos armados, inestabilidad política, persecuciones, desastres…

La migración haitiana hacia la República Dominicana constituye uno de los fenómenos sociales, políticos y humanitarios más complejos de la isla de La Española. Sus causas son estructurales: pobreza, desempleo, inseguridad alimentaria, violencia de grupos armados, inestabilidad política, persecuciones, desastres naturales y deterioro ambiental que limita la producción agrícola y ganadera en Haití.

La crisis se agravó después del asesinato del presidente Jovenel Moïse, en julio de 2021, y del incremento de la violencia de grupos armados. Esta situación ha impulsado a numerosos ciudadanos haitianos a buscar seguridad, empleo y mejores condiciones de vida fuera de su país. Por razones históricas y geográficas, República Dominicana constituye uno de sus principales destinos.

Ante esta realidad sostengo una posición que procura conciliar soberanía y derechos humanos. El Estado dominicano tiene el derecho y la responsabilidad de mantener sus fronteras rigurosamente controladas, utilizando recursos legales, tecnológicos e institucionales para impedir el ingreso irregular y combatir el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas. Una política migratoria eficaz debe comenzar precisamente en la frontera y no cuando el extranjero lleva meses o años trabajando y estableciendo relaciones económicas y sociales dentro del territorio nacional.

Desde la llegada del Partido Revolucionario Moderno (PRM) al poder en 2020, el Gobierno ha endurecido progresivamente su política migratoria. Una expresión de esta estrategia ha sido la construcción de una verja en diferentes puntos de los aproximadamente 380 kilómetros de frontera compartida. Asimismo, el 2 de octubre de 2024 se anunció un plan destinado a repatriar hasta diez mil extranjeros en condición migratoria irregular por semana, medida que afecta principalmente a ciudadanos haitianos.

Estas decisiones corresponden a facultades legítimas del Estado para controlar sus fronteras, establecer requisitos de entrada y permanencia y deportar, conforme al ordenamiento jurídico, a quienes se encuentren irregularmente en su territorio. Sin embargo, cuando los controles preventivos resultan insuficientes, la posterior deportación debe ejecutarse respetando los derechos fundamentales.

La irregularidad constituye una condición migratoria, no una condición humana. Por ello, considero incorrecto hablar de “personas ilegales”. Ningún ser humano es ilegal. Una persona puede encontrarse indocumentada o en situación migratoria irregular, pero continúa siendo titular de dignidad y derechos fundamentales.

Este principio adquiere especial importancia durante las detenciones y deportaciones. Una persona sometida a un procedimiento migratorio debe disponer de las garantías reconocidas por la Constitución, las leyes dominicanas y los instrumentos internacionales aplicables. Debe contar con mecanismos efectivos para reclamar frente a posibles arbitrariedades, procurar asistencia jurídica y acceder, cuando corresponda, a la tutela judicial efectiva.

Existe, además, un aspecto insuficientemente discutido: los derechos patrimoniales de la persona deportada. Pensemos en un trabajador haitiano que durante años laboró en agricultura o construcción y con sus ingresos adquirió herramientas, muebles, un motor, ahorros o incluso una vivienda. Su situación migratoria irregular no debería significar la pérdida automática de bienes legítimamente adquiridos.

Las denuncias de personas deportadas sobre presuntos despojos de pertenencias por agentes estatales deben ser investigadas mediante los mecanismos institucionales correspondientes. Una deportación no puede convertirse en confiscación arbitraria. El migrante debe poder reclamar salarios pendientes, recuperar sus pertenencias y ejercer los derechos que legalmente posea sobre su patrimonio. Una cosa es la condición migratoria y otra, jurídicamente diferente, la titularidad de bienes y derechos adquiridos mediante el trabajo.

El debate dominicano permanece polarizado. Algunos sectores sostienen que la inmigración haitiana ejerce presión sobre el empleo, hospitales, escuelas y otros servicios públicos. Otros destacan que los trabajadores haitianos desempeñan labores esenciales en agricultura, construcción y otros sectores productivos, incluyendo actividades que muchos dominicanos rechazan, entre otras razones, por las condiciones laborales y los bajos salarios.

Reducir la discusión a estar “a favor” o “en contra” de los haitianos constituye un grave error. La cuestión fundamental es cómo administrar una migración compleja, proteger la frontera y aplicar la legislación sin convertir al inmigrante en responsable de los problemas estructurales dominicanos ni desconocer su condición humana.

Aquí las organizaciones no gubernamentales pueden desempeñar un importante papel de mediación. Diversas ONG ofrecen asesoramiento jurídico, educación, asistencia social y acompañamiento a comunidades migrantes. También pueden fomentar el diálogo entre autoridades, sociedad civil y comunidades haitianas, así como denunciar posibles vulneraciones de derechos. Su función no debe consistir en sustituir al Estado ni impedir la aplicación de las leyes migratorias, sino en contribuir a que estas sean aplicadas dentro del Estado de derecho.

La mediación resulta especialmente necesaria cuando aparecen discursos xenófobos, discriminatorios o aporofóbicos que presentan a toda una población migrante como amenaza. Una mediación humanista debe reconocer, además, la desigual relación de poder existente entre las instituciones estatales y una persona indocumentada que enfrenta una posible deportación.

República Dominicana necesita, por tanto, una política migratoria organizada, transparente y eficaz, acompañada de cooperación internacional, controles laborales y persecución de las redes dedicadas al tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas. Ningún país puede enfrentar exclusivamente mediante deportaciones un fenómeno cuyas causas son estructurales y trascienden sus fronteras.

En definitiva, República Dominicana tiene el derecho y el deber de proteger rigurosamente sus fronteras, impedir el ingreso irregular y hacer cumplir su legislación migratoria. Una frontera segura no contradice los derechos humanos; por el contrario, una política preventiva, organizada y eficaz puede evitar que la respuesta del Estado dependa principalmente de deportaciones masivas cuando miles de personas ya han establecido relaciones laborales, económicas y sociales dentro del territorio nacional.

Pero cuando el Estado decide detener y deportar a una persona en condición migratoria irregular, su potestad soberana encuentra un límite esencial: la dignidad humana. La deportación no debe convertirse en ocasión para el despojo de bienes, la pérdida arbitraria de salarios, la discriminación o la negación del derecho a reclamar ante las instituciones competentes. La condición migratoria puede determinar la permanencia de una persona en el territorio, pero no puede borrar los derechos legítimamente adquiridos mediante su trabajo.

En ese escenario, las ONG pueden cumplir una función necesaria de observación, acompañamiento y mediación, sin sustituir las atribuciones constitucionales del Estado. Gobierno, sociedad civil, organismos internacionales y comunidades migrantes deben contribuir a que el cumplimiento de la ley y el respeto de los derechos humanos formen parte de una misma respuesta institucional.

Por eso, el debate no debería plantearse como una elección entre soberanía y derechos humanos. La verdadera pregunta es: ¿cómo puede un Estado ejercer con firmeza su soberanía sin dejar de ser garante de la dignidad y de los derechos fundamentales de toda persona sometida a su autoridad?

Mi respuesta es clara: una nación demuestra la fortaleza de sus fronteras impidiendo el ingreso irregular, pero demuestra la fortaleza de su democracia cuando, aun al momento de deportar, respeta la ley, el debido proceso y la dignidad humana.

Ese equilibrio entre frontera segura, soberanía, legalidad y humanidad no debilita al Estado dominicano. Lo fortalece y reafirma su condición de Estado democrático de derecho.

El autor es fundador del Instituto de Formación, Gerencia y Liderazgo Americano (IFGLA). Es periodista, abogado, mediador, fiscal conciliador e investigador doctoral en Negociación y Mediación.

Por Alcedo Magarín

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